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NOM-020-SCFI-1997Etiquetado de calzado, piel y artículos similares

Norma obligatoria de etiquetado para calzado, marroquinería y artículos de cuero o materiales similares comercializados en México.

Categoría
Información Comercial
Tipo de proceso
Unidad de Verificación
Requiere laboratorio
No — verificación documental
Tiempo estimado
~1 semana

¿Qué regula esta NOM?

La NOM-020-SCFI-1997 establece la información comercial que debe incluir el etiquetado de cueros y pieles curtidas naturales, materiales sintéticos o artificiales con apariencia de piel, calzado, marroquinería, así como los productos elaborados con dichos materiales.

Su objetivo es proteger el derecho del consumidor a información clara y verificable sobre los productos de cuero, calzado y marroquinería que adquiere: composición real de materiales (cuero natural vs sintético con apariencia de piel), datos comerciales del fabricante o importador, talla o medida, país de origen. Aplica tanto a cueros y pieles curtidas naturales como a materiales sintéticos con apariencia de piel, así como a calzado y marroquinería elaborados con cualquiera de esos materiales.

Su énfasis principal es identificar correctamente la composición real del producto: muchos artículos vendidos como "piel" o "cuero" son de hecho materiales sintéticos con apariencia de piel, y la NOM-020 exige diferenciarlos claramente en la etiqueta. Esta es una de las áreas con más sanciones de PROFECO por publicidad engañosa. La verificación es documental y la realiza una Unidad de Verificación acreditada, concluye con el Dictamen de Cumplimiento.

Datos clave

Cubre
Cueros y pieles naturales, sintéticos con apariencia de piel, calzado y marroquinería
Aplica también a
Productos elaborados con dichos materiales

¿A qué productos aplica?

Calzado

  • Zapatos formales y de vestir
  • Tenis y calzado deportivo
  • Botas industriales y casuales
  • Sandalias y huaraches
  • Calzado infantil
  • Pantuflas y calzado de casa

Marroquinería

  • Bolsas y carteras de piel
  • Cinturones de piel y sintéticos
  • Portafolios y maletines
  • Mochilas de piel
  • Billeteras y monederos
  • Bolsos de viaje

Cuero y materiales similares

  • Cuero curtido para industria
  • Pieles sintéticas en rollo o por metro
  • Forros y guantes de piel
  • Accesorios deportivos de piel
  • Cubiertas de muebles de piel
  • Otros artículos elaborados con piel

Esta lista es representativa, no exhaustiva. Si tu producto está dentro de alguna de las categorías mostradas pero no aparece arriba, podría aplicar igualmente — lo confirmamos en el diagnóstico inicial.

¿Qué cubre la verificación?

Tratto verifica que el etiquetado de tu producto cumpla con los requisitos de la norma, incluyendo:

  • Composición de materiales del producto (corte, forro, suela cuando aplica)
  • Datos comerciales del producto (fabricante, importador, país de origen)
  • Talla o medida del producto

La verificación la realiza una Unidad de Verificación acreditada y concluye con la emisión del Dictamen o Constancia de Cumplimiento — documento indispensable para liberar mercancía en aduana y comercializar legalmente.

Dudas comunes sobre NOM-020-SCFI-1997

¿Qué información debe llevar la etiqueta de calzado según NOM-020?+

La etiqueta debe incluir como mínimo: composición de materiales del corte (piel natural, piel sintética, textil, etc.), del forro y de la suela cuando aplica; datos del fabricante o importador (nombre y domicilio); país de origen; talla o medida. Toda la información debe estar en español y de manera legible, ya sea en etiqueta cosida, etiqueta colgante o sello en el producto.

¿La NOM-020 aplica a calzado importado de Asia, Brasil o Italia?+

Sí. La NOM-020 aplica a todo el calzado y artículos de cuero comercializados en México, sin importar el país de origen. La mayoría de importadores requieren re-etiquetar antes de la entrada a aduana o agregar etiqueta complementaria con la información faltante. Calzado importado sin etiquetado correcto es causa frecuente de retención en aduana y de inspecciones de PROFECO.

¿Mi calzado deportivo de marca premium necesita NOM-020?+

Sí. La NOM-020 aplica independientemente de la marca, gama o precio del producto. Calzado deportivo, formal, casual, de lujo o económico: todos requieren cumplir el etiquetado conforme a la norma. Marcas grandes ya manejan estos requisitos en sus líneas de importación regulares, pero importadores nuevos y revendedores deben asegurarse del cumplimiento antes de comercializar.

¿Cómo distingo si mi producto debe etiquetarse como "piel" o como sintético?+

La NOM-020 exige diferenciar claramente entre cuero natural curtido y materiales sintéticos con apariencia de piel. La composición real del material determina cómo debe etiquetarse: un producto sintético no puede comercializarse como "piel" o "cuero" sin advertir su composición real al consumidor. Esta es una de las áreas con más sanciones por publicidad engañosa.

¿La NOM-020 aplica a calzado vendido en marketplaces o redes sociales?+

Sí. La obligación aplica al producto que se comercializa en México, independientemente del canal de venta. Marketplaces como Amazon, Mercado Libre o Liverpool y ventas en redes sociales (Instagram, Facebook) tienen los mismos requisitos. PROFECO realiza verificaciones a vendedores en línea con frecuencia creciente.

¿Cuánto tarda la verificación NOM-020?+

La verificación es documental (revisión del etiquetado propuesto), no requiere laboratorio. El proceso típico toma alrededor de 1 semana desde la entrega del expediente completo: revisión por la Unidad de Verificación, ajustes si es necesario, y emisión del Dictamen. Plazos pueden extenderse si el etiquetado requiere correcciones, especialmente cuando hay zonas grises entre cuero natural y sintético.

¿Tu producto necesita certificación NOM-020-SCFI-1997?

Confirmamos si esta NOM aplica a tu producto y cuánto tarda el proceso.

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